En Colombia existen cinco formas principales de organizar la jornada laboral: la jornada ordinaria, la jornada flexible, la distribución para descansar el sábado, el trabajo por turnos y los turnos sucesivos de 36 horas. Desde el 15 de julio de 2026, la jornada máxima ordinaria en Colombia es de 42 horas semanales, según la Ley 2101 de 2021.
TL;DR
- La jornada máxima ordinaria en Colombia es de 42 horas semanales desde el 15 de julio de 2026.
- La jornada flexible permite días de entre 4 y 9 horas sin superar las 42 horas semanales.
- Los turnos sucesivos de 36 horas aplican solo a actividades continuas que cumplen los requisitos legales.
- El recargo por trabajar en el día de descanso obligatorio es del 90% desde el 1 de julio de 2026 y será del 100% desde el 1 de julio de 2027.
- Elegir la jornada adecuada exige analizar datos reales de demanda, costos y descansos.
La reducción de la jornada laboral en Colombia no obliga a las empresas a operar menos días, eliminar turnos ni aumentar la dotación. Esta guía explica las cinco modalidades, el impacto de los recargos y las horas extras, y los criterios para elegir la jornada más conveniente para cada operación.
¿Cuáles son los tipos de jornada laboral en Colombia?
La legislación colombiana distingue la jornada ordinaria de varios regímenes especiales para organizar el trabajo. Estas modalidades no son intercambiables ni se aplican automáticamente a todas las empresas: cada una tiene condiciones legales propias.
La siguiente tabla resume las principales diferencias entre los tipos de jornada laboral en Colombia:
| Modalidad | Base legal | Límite diario | Límite semanal | Uso típico |
|---|---|---|---|---|
| Jornada ordinaria | Ley 2101 de 2021 | 8 horas | 42 horas | Horarios estables |
| Jornada flexible | Art. 161 CST | Entre 4 y 9 horas | 42 horas | Demanda variable por día o franja |
| Descanso del sábado | Art. 164 CST | Redistribución de horas | 42 horas | Operaciones sin actividad el sábado |
| Trabajo por turnos | Art. 165 CST | Variable, por promedios | Promedio en hasta 3 semanas | Actividades sin continuidad permanente |
| Turnos sucesivos | Art. 161 CST | 6 horas | 36 horas | Actividades continuas los 7 días |
¿Cómo funciona la jornada laboral ordinaria?
La jornada ordinaria es la que acuerdan el empleador y el trabajador o, si no hay acuerdo, la máxima legal: 8 horas diarias y 42 semanales. Esas 42 horas pueden distribuirse entre cinco o seis días, respetando el descanso obligatorio. Por ejemplo, una empresa puede organizar seis días de siete horas. La jornada ordinaria es simple de aplicar en horarios estables, pero resulta menos eficiente cuando la demanda cambia entre el lunes y el sábado.
¿Qué permite la jornada laboral flexible?
La jornada flexible del artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo permite distribuir las 42 horas semanales en días de entre 4 horas continuas y 9 horas. Un ejemplo válido es: lunes a miércoles, 6 horas; jueves, 7 horas; viernes, 8 horas; sábado, 9 horas; domingo, descanso.
La jornada flexible es útil para restaurantes, comercios, hoteles y centros de entretenimiento, donde la demanda varía por día y por franja. Si se cumplen sus condiciones, trabajar más de 8 horas en un día no genera automáticamente horas extras. Los recargos nocturnos, festivos y por descanso obligatorio siguen aplicando cuando corresponden.
¿Cuándo conviene distribuir la jornada para descansar el sábado?
El artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo permite redistribuir las horas de la semana para que los trabajadores descansen el sábado. Esta modalidad es distinta de la jornada flexible del artículo 161, y su aplicación con el límite de 42 horas requiere validación jurídica específica. Eliminar el trabajo del sábado no siempre es conveniente: si ese día concentra ventas, atención o producción, la empresa puede cumplir la norma y perder competitividad.
¿Qué es el régimen de trabajo por turnos?
El artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo regula el trabajo por turnos cuando la actividad no exige continuidad permanente. Bajo sus condiciones, las jornadas pueden variar y algunos límites se evalúan como promedio en períodos de hasta tres semanas. El régimen de turnos no autoriza a superar de forma general las 42 horas semanales.
¿Cómo funcionan los turnos sucesivos de 36 horas semanales?
Los turnos sucesivos aplican a actividades que deben funcionar sin interrupción todos los días de la semana. Permiten turnos de hasta 6 horas diarias y 36 semanales, con descanso remunerado y el salario de la jornada ordinaria. Solo si se cumplen todos los requisitos, esta modalidad exceptúa los recargos nocturnos, dominicales y festivos; esa excepción no se extiende a otros sistemas de turnos.
Una cobertura de 24 horas con turnos sucesivos puede organizarse en cuatro equipos: 00:00–06:00, 06:00–12:00, 12:00–18:00 y 18:00–24:00. Para respetar descansos y máximos semanales, la empresa necesita además equipos de relevo.
¿Cómo influyen los recargos y las horas extras en la elección de la jornada?
El costo de una jornada laboral en Colombia depende de cuántas horas se trabajan y también de cuándo se trabajan.
Las reglas vigentes a octubre de 2026 que impactan en el diseño de turnos son las siguientes:
- El trabajo nocturno comienza, como regla general, a las 7:00 p. m.
- El recargo por trabajar en el día de descanso obligatorio es del 90% desde el 1 de julio de 2026.
- El mismo recargo subirá al 100% desde el 1 de julio de 2027.
- El descanso obligatorio puede acordarse por escrito en un día distinto del domingo, sin eliminar los recargos por trabajo en festivos.
¿Qué obligaciones tiene la empresa sobre las horas extras?
La Ley 2466 de 2025 eliminó la autorización previa del Ministerio del Trabajo para las horas extras en el régimen general. Sin embargo, la empresa debe registrar individualmente el trabajo suplementario, diferenciar horas diurnas y nocturnas y entregar esa información cuando se le solicite. Como regla general, el máximo es de 2 horas extras por día y 12 por semana, con las excepciones previstas en la ley.
¿Cómo elegir la jornada laboral más conveniente para una empresa?
La jornada laboral más conveniente es la que cumple la ley y, al mismo tiempo, cubre la demanda real de la operación. Durante un encuentro empresarial organizado por Workforce en Bogotá, la abogada Claudia Marcela González, magíster en Derecho Laboral y Seguridad Social, advirtió que cumplir la norma no siempre equivale a tomar la mejor decisión operativa.
Antes de modificar horarios, conviene responder cinco preguntas:
- ¿En qué días y franjas horarias se necesita realmente al personal?
- ¿Qué alternativas legales de jornada se están aprovechando?
- ¿Cuánto cuestan las horas extras y los recargos por área o sede?
- ¿Se respetan los descansos y los límites legales?
- ¿Hay información suficiente para anticipar la demanda y mejorar los turnos?
¿Qué papel cumple la tecnología en la planificación de jornadas laborales?
Un software de gestión de turnos ayuda a relacionar las necesidades del negocio con las condiciones laborales de cada trabajador y las reglas aplicables.
Una plataforma de gestión de la fuerza laboral como Workforce cumple funciones concretas en la aplicación de la jornada de 42 horas:
- Centraliza la programación de turnos de todas las sedes.
- Registra la asistencia y detecta desviaciones respecto de lo planificado.
- Emite alertas por exceso de horas semanales, horas extras o descansos insuficientes entre turnos.
- Analiza los costos laborales por área o sede.
- Genera propuestas de turnos con inteligencia artificial según cobertura, disponibilidad y reglas configuradas.
La tecnología no reemplaza la evaluación jurídica, pero ayuda a ejecutar y medir las decisiones sobre la jornada laboral.
Preguntas frecuentes sobre la jornada laboral en Colombia
¿Qué empresas se benefician más de planificar los turnos según la demanda?
Las empresas que más se benefician son las que tienen varias sucursales, alta rotación de personal o demanda variable, como cadenas de retail, restaurantes de comida rápida y centros de entretenimiento. En esas operaciones, los turnos fijos pueden dejar las horas pico sin personal suficiente.
¿La reducción a 42 horas obliga a dar libre el sábado?
No. La reducción a 42 horas semanales no obliga a eliminar el trabajo del sábado. Las 42 horas pueden distribuirse en cinco o seis días mediante la jornada ordinaria o la jornada flexible.
¿Un software de gestión de turnos incluye precargadas las reglas laborales colombianas?
No necesariamente. En Workforce, las reglas de jornada, horas extras y descansos se configuran según las condiciones de cada empresa, y el sistema emite alertas cuando un turno no las cumple.
¿Por qué cumplir las 42 horas es solo el punto de partida?
Cumplir el límite de 42 horas semanales es la condición mínima; el objetivo es organizar mejor las horas disponibles. Conocer las cinco modalidades de jornada laboral en Colombia permite evaluar alternativas, anticipar costos y diseñar horarios compatibles con la operación y con los derechos de los trabajadores.
Una buena gestión de la jornada laboral combina estrategia jurídica, conocimiento de la operación y tecnología aplicada.
Conoce cómo Workforce ayuda a planificar turnos, controlar la asistencia y obtener visibilidad sobre los costos laborales.
Este material es informativo y no constituye asesoramiento jurídico.
Fuentes oficiales
- Ley 2101 de 2021 — reducción gradual de la jornada laboral (Función Pública)
- Ley 2466 de 2025 — reforma laboral (Función Pública)
- Código Sustantivo del Trabajo, artículos 158 a 168 y 179 (Cancillería de Colombia)




